Agenda Plural · Buenos Aires · 25 de agosto de 2026Edición digital · Periodismo independiente
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BCRA · Crédito y medios de pago

Cómo funcionará el Cobro con Transferencia para pagar cuotas de préstamos

La nueva modalidad permitirá a bancos y proveedores de crédito cobrar cuotas en la cuenta donde se acreditó el préstamo. El cliente deberá autorizarla y podrá revocar el permiso de inmediato.

Una persona revisa en su teléfono una autorización bancaria junto a un contrato de préstamo
El mecanismo requerirá una autorización explícita y revocable antes de que puedan debitarse las cuotas del préstamo.

Por Editor de Economía y Datos

Economía · 7 min de lectura
31 de agostoFecha oficial de disponibilidad
30%Tope cuota sobre ingreso al originar
3 intentosMáximo por cada cuota

El Banco Central mantiene para el lunes 31 de agosto la disponibilidad del Cobro con Transferencia (CCT), una modalidad de transferencias inmediatas diseñada para cobrar cuotas de préstamos. El sistema permitirá que una entidad financiera o un proveedor no financiero de crédito debite la cuenta en la que fue acreditado el financiamiento, siempre que la persona haya dado su consentimiento explícito.

La fecha surge de la comunicación pública del BCRA del 2 de marzo. Clarín informó que bancos y billeteras pidieron más tiempo por dudas técnicas, pero al cierre editorial el organismo no había publicado una prórroga. La diferencia entre disponibilidad obligatoria e incorporación comercial es importante: los participantes deben preparar la infraestructura, aunque cada prestamista decidirá si ofrece el mecanismo en sus productos.

Las condiciones que deberá cumplir el cobro

El CCT admite cuotas fijas e iguales durante la vigencia del contrato. En el momento de originar el crédito, la relación entre cuota e ingreso no puede superar el 30%, una regla destinada a reducir el riesgo de sobreendeudamiento. El prestamista también debe enviar una notificación electrónica el día hábil anterior al débito.

Para cada cuota habrá un intento inicial y hasta dos reintentos, a las 48 y 96 horas. El límite busca evitar una sucesión indefinida de débitos sobre la cuenta. La responsabilidad ante fraude recaerá en el prestamista, según el diseño presentado por el Central.

Consentimiento

Explícito y revocable

La autorización se otorga antes del primer cobro y puede cancelarse inmediatamente.

Aviso

Un día hábil antes

El prestamista debe informar por medios electrónicos antes de que el débito impacte.

Límite

Un intento y dos reintentos

Las nuevas tentativas podrán hacerse a las 48 y 96 horas.

A quiénes alcanza

El uso queda restringido a entidades financieras y proveedores no financieros de crédito habilitados por el BCRA. Además aparece la figura del aceptador de CCT, el participante autorizado a ofrecer el mecanismo y articular la interoperabilidad entre las cuentas involucradas.

El esquema prevé un arancel mínimo del 0,6% a cargo de los prestamistas, distribuido entre los participantes. Los saldos invertidos en fondos comunes, cuentas remuneradas o compras de dólar MEP no forman parte automática del dinero disponible para el débito, una característica que entidades del sector señalan como una limitación operativa.

Qué cambia para una persona que toma un préstamo

La principal novedad es que el cobro puede realizarse en la cuenta donde se acreditó el crédito aunque esa cuenta pertenezca a otra entidad. El diseño apunta a reducir fricciones de cobranza y a reemplazar herramientas anteriores, pero no elimina las obligaciones de informar condiciones, costo financiero, fechas y canales de reclamo.

Antes de aceptar, la persona debería verificar qué cuenta será debitada, el valor y número de las cuotas, cómo revocar el permiso y qué ocurrirá si no hay saldo. La autorización de cobro no habilita a modificar unilateralmente el contrato ni convierte en disponibles fondos excluidos por la regulación.

El debate de implementación

Las cámaras de bancos y actores fintech transmitieron al BCRA reparos técnicos, de acuerdo con la cobertura de Clarín. Entre los cuestionamientos aparecen el alcance limitado a la cuenta de acreditación, la exigencia de cuotas iguales y las diferencias entre cuentas bancarias y billeteras cuyos saldos pueden estar invertidos.

Hasta que exista una comunicación oficial diferente, la referencia normativa sigue siendo el 31 de agosto. Agenda Plural actualizará esta URL si el Central modifica el cronograma, publica especificaciones adicionales o cambia las condiciones de uso.

Julián Acosta

Especializado en macroeconomía, empleo y finanzas públicas. Traduce indicadores complejos a historias comprensibles y desarrolla visualizaciones para contextualizar los datos.

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