La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme este jueves la condena a ocho años de prisión de cumplimiento efectivo dictada contra el exgobernador de Entre Ríos Sergio Urribarri, al desestimar por inadmisible el recurso extraordinario federal interpuesto por su representación letrada.
La decisión fue rubricada con la firma coincidente de los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes aplicaron el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial para clausurar toda revisión procesal sobre las sentencias emitidas por los tribunales entrerrianos.
El desvío sistemático de fondos públicos
Urribarri había sido hallado culpable en 2022 de los delitos de negociaciones incompatibles con la función pública y peculado en el marco del denominado megajuicio provincial. La acusación fiscal comprobó el direccionamiento de partidas estatales para financiar su precandidatura presidencial en el año 2015.
Las maniobras acreditadas incluyeron contratos de publicidad en vía pública en diversas provincias, la instalación de un parador promocional en la ciudad de Mar del Plata y la adjudicación irregular de pautas a imprentas y empresas vinculadas a familiares del exmandatario.
Cumplimiento efectivo y pedido de captura
Tras la resolución adoptada en los tribunales de la calle Talcahuano, el expediente regresó a la jurisdicción de Entre Ríos para que el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná proceda a hacer efectiva la orden de detención y el alojamiento del condenado en una unidad penitenciaria.
La determinación del máximo tribunal cierra una causa emblemática en el ámbito de los delitos contra la administración pública provincial y sienta jurisprudencia sobre los límites del control judicial frente a los abusos presupuestarios en campañas políticas.
